En la Gaceta Oficial N.° 6504 extraordinaria, de fecha 14 de enero de 2020, el régimen de Nicolás Maduro publicó el decreto presidencial N.° 4096. Esta normativa oficializó el cobro de los servicios y tasas en petros en entidades estatales que pueden manejar divisas.
El artículo 4 establece que los servicios desconcentrados y entes descentralizados acreedores de pagos en moneda extranjera por concepto de tasas, contribuciones, tarifas, comisiones, recargos y precios públicos liquidarán y cobrarán tales obligaciones monetarias en petros.
- Las medidas se ejecutarán en organismos como los siguientes:
- Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime).
- Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren).
- Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI).
- Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA).
- Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC).
- Bolivariana de Aeropuertos (BAER).
- Bolivariana de Puertos (Bolipuertos).
- Instituto Aeropuerto Internacional de Maiquetía (IAIM).
- Instituto Nacional de Canalizaciones (INC).
- Maduro dio la información durante la rendición de la Memoria y Cuenta este martes ante la cuestionada asamblea nacional constituyente.
«Todos los servicios de la República Bolivariana de Venezuela que actualmente estén cobrando tasas y comisiones en divisas comenzarán a cobrarse en petros», dijo en cadena de radio y televisión.
Afirmó que la plataforma Patria será adecuada para facilitar la compra e intercambio de la criptomoneda, para luego cancelar ante las instituciones del Estado.
Maduro aprovechó para hacer referencia a la instauración de una tarjeta para transferir petros.
«Compran su tarjeta en petro, con divisas convertibles, no en bolívares, sino con dólares, euros, yuanes, rublos, rupias, y procede a echar su gasolina con su petro. Una maravilla», expresó.