A partir del primero de noviembre el nuevo costo del pasaporte será de 2 petros, lo cual obliga a la población venezolana a adquirir la criptomoneda, si quiere acceder al documento de identidad.
Sin embargo, a partir de hoy rige el nuevo precio del documento, que será de Bs S. 7.200 por la emisión y Bs S. 3.600 por la extensión.
De igual manera se dio a conocer que los venezolanos en el exterior deberán pagar 200 dólares por un nuevo pasaporte y 100 por la renovación.
Lo impactante de la noticia es que el sueldo mínimo está establecido en medio petro, lo cual quiere decir que para obtener el pasaporte un venezolano común deberá acumular cuatro meses de trabajo si desea un nuevo pasaporte o dos, en el caso de la renovación.
Claro, está que para pagar este trámite no podrás sufragar gastos personales como alimentación, transporte o medicamentos.
El acceso a las criptodivisas requieren de todo un cambio de paradigma, ya que ese mundo del dinero digital está muy alejado de la realidad del venezolano, al que le cuesta acceder al efectivo y ha tenido que ajustarse a realizar pagos vía transferencia bancaria.
Esta forzada forma de pago ha resultado todo un reto para las personas mayores, que no se relacionan muy bien con las computadoras o el internet, debiendo apoyarse en alguien de su confianza para manejar las transferencias y operaciones de la banca digital.

Puede interpretarse como un movimiento para detener la «fuga» de los venezolanos hacia otros países.
Se ha dado a conocer que el SAIME no tiene material para elaborar nuevos pasaportes, por lo que recurrió a la extensión de aquellos que tienen hojas disponibles para el sello de las diferentes entradas y salidas.
Sin embargo, actualmente hay un gran retraso en la entrega de los documentos, así como también una gran dificultad para acceder a los servicios en línea del SAIME.
Una vez más, se atenta contra la libertad de elección de los venezolanos y contra el derecho fundamental del respaldo de la nación en lo referente a la identidad de los venezolanos que en el artículo 56 de la Constitución establece que «toda persona tiene derecho a un nombre propio y a una identidad».