La banca nacional bloqueará acceso a su banca electrónica desde el exterior

La medida se toma por orden de SUDEBAN para propiciar el pago de remesas vía casas de cambio

La banca nacional bloqueará acceso a su banca electrónica desde el exterior por orden de sudeban.

La medida busca combatir el flujo de dinero de las remesas depositadas desde el extranjero, impulsando el uso de las casas de cambio oficiales.

https://twitter.com/MinEcoFinanzas/status/1034578071985238016

El pasado 27 de agosto, las instituciones financieras nacionales Venezuela recibieron una circular de la Superintendencia del Sector Bancario de Venezuela, donde se les ordena “informar a sus clientes que deberán notificar a la institución bancaria de sus viajes al exterior, indicando lugares de destino y tiempo de viaje», publicó La Patilla.

La publicación indica que Sudeban le ordena a las instituciones financieras que bloqueen la dirección IP del exterior, impidiendo así acceder a las plataformas de las instituciones financieras desde direcciones IP del exterior que no hayan sido notificadas.

El comunicado indica:

Al respecto, a los fines de la protección integral de los clientes, usuarios y usuarias del sistema bancario nacional; así como, de los sistemas de tecnologías de información de las instituciones Bancarias, de los posibles delitos contra ellos, o de los delitos que se pudieran cometer mediante el uso de dichas tecnologías; le instruye a esa institución Bancaria lo siguiente:

  1. Informar a sus clientes que de tener previsto viajar fuera del territorio nacional y requieran hacer uso o movilizar sus instrumentos financieros bajo cualquier tipo de operación, estos deberán notificar previamente a la institución bancaria dichas circunstancias, indicando expresamente el lugar o lugares de destino y el período correspondiente. En el caso de ampliar dicho plazo y/o modificar el lugar, igualmente, debe notificarlo a esa entidad bancaria.
  2. En el caso, que la Institución Bancaria identifique alguna transacción que corresponda a clientes que no hayan efectuado la notificación prevista en el literal anterior, cuyas direcciones lP (lnternet Protocol) se encuentren fuera de la República Bolivariana de Venezuela, deberá esa entidad bancaria efectuar de manera preventiva un condicionamiento especial que imposibilite los accesos para realizar transferencias en línea de los instrumentos pertenecientes a dicho cliente. Dicho condicionamiento deberá ser realizado desde el momento que intente acceder al sistema y durará hasta tanto el cliente le suministre a la Institución Bancaria los datos antes requeridos. Adicionalmente, la institución Bancaria deberá identificar plenamente las direcciones lP desde las cuales se realizó el acceso.

A través de
Venezuelacomenta.com
Fuente
La Patilla

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