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Reimpulsan ley de Parlamento Comunal

«Hay que fortalecer el parlamento comunal. Voy a proponerle a la nueva Asamblea Nacional que se apruebe una Ley de Parlamento Comunal, que obligue a la Asamblea Nacional a consultar a las comunas todos los debates».

Así lo planteó la noche de este martes 20 de octubre el presidente Nicolás Maduro, quien volvió a poner sobre el debate político la idea de una parlamento comunal, así lo manifestó durante una videoconferencia con el denominado Congreso Nacional de las Comunas 2.0. desde el Palacio de Miraflores.

«Voy a proponerle a la nueva Asamblea Nacional que se apruebe una Ley de Parlamento Comunal, que obligue al Parlamento a consultar a las comunas todos los debates», planteó el Mandatario.

La propuesta de un parlamento de las comunas ha gravitado en el chavismo desde hace varios años, especialmente después de que el 20 de octubre de 2012, cuando el entonces presidente Hugo Chávez, en un discurso denominado por el chavismo como el golpe de timón, pidió hacer avanzar hacia el modelo de organización de las comunas.

Luego en el 2015, nueve días después de la victoria de la oposición en las elecciones legislativas de Venezuela, el oficialismo instaló un «Parlamento Nacional Comunal» para, según sostenía, «fortalecer el poder popular».

La propuesta fue calificada de ilegal por opositores, fue realizada por el presidente de la Asamblea Nacional y segundo al mando del chavismo, Diosdado Cabello. La medida hacía parte de un paquete de reformas que el oficialismo –aún con mayoría en la Asamblea Nacional, la sede del Parlamento venezolano– buscaba aprobar antes de que la mayoría opositora se hiciera cargo del Poder Legislativo, cosa que ocurrió el 5 de enero de 2016.

Maduro insistió, en su intervención de este martes 20 de octubre, en la importancia de acudir a las urnas electorales el próximo 6 de diciembre para «recuperar» al Poder Legislativo, «yo sueño con una Asamblea Nacional que sea el epicentro del debate y el diálogo de todos los problemas del país”.

Atribuciones del Parlamento Comunal

Según reza en el Artículo 22 de la Ley Orgánica de Comunas, este parlamento se encargará de:

  • Sancionar materias de sus competencias, de acuerdo a lo establecido en esta Ley, su Reglamento y demás normativas aplicables.
  • Aprobar el Plan de Desarrollo Comunal.
  • Sancionar las cartas comunales, previo debate y aprobación por las asambleas de ciudadanos y ciudadanas de las comunidades integrantes de la Comuna.
  • Aprobar los proyectos que sean sometidos a su consideración por el Consejo Ejecutivo.
  • Debatir y aprobar los proyectos de solicitudes, a los entes político-territoriales del Poder Público, de transferencias de competencias y servicios a la Comuna.
  • Aprobar los informes que le deben presentar el Consejo Ejecutivo, el Consejo de Planificación Comunal, el Consejo de Economía Comunal, el Banco de la Comuna y el Consejo de Contraloría Comunal.
  • Dictar su reglamento interno.
  • Designar a los y las integrantes de los Comités de Gestión.
  • Considerar los asuntos de interés general para la Comuna, propuestos por al menos el equivalente al sesenta por ciento (60 %) de los consejos comunales de la Comuna.
  • Ordenar la publicación en gaceta comunal del Plan de Desarrollo Comunal, las cartas comunales y demás decisiones y asuntos que considere de interés general para los habitantes de la Comuna.
  • Rendir cuenta pública anual de su gestión ante los y las habitantes de la Comuna.
  • Las demás que determine la presente Ley y su Reglamento.
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